Elementos de una política fiscal alternativa
¿Existen opciones a la rebaja de impuestos a los más ricos que propone el gobierno y a sus recortes de gasto público, que tendrán en conjunto efectos recesivos y de incremento de la desigualdad de ingresos antes que de estímulo de la inversión (ver aquí)?
Los senadores del PS anunciaron que presentarán una reforma constitucional para devolver el IVA de alimentos y medicamentos a las familias vulnerables. Esta es una buena propuesta para aliviar la situación de ingresos de la mayoría social y estimular la economía, que ha caído en el primer trimestre de 2026 (ver aquí).
La propuesta de devolución del IVA a bienes básicos tiene el formato de reforma constitucional porque el parlamento no tiene iniciativa en materias tributarias, lo que solo puede ocurrir si se autoriza puntualmente por dos tercios de las cámaras. No se trata de una rebaja uniforme que perfore la recaudación tributaria, ya bastante disminuida, sino de una devolución selectiva a las familias de menos ingresos a través del mecanismo del bolsillo electrónico, como se hizo en algunos períodos de alzas de alimentos en el gobierno pasado. Se trata de una propuesta fundada y sin demagogias circunstanciales -como hacen otros- apegada a los intereses del mundo popular y de los sectores medios vulnerables y que ayudaría a reactivar la economía, que para eso están la izquierda y el progresismo.
Esto sería tanto mejor si se acompañara de medidas de alivio de las finanzas públicas, empezando por la eliminación del tope absurdo a las regalías mineras establecido por presión de las empresas privadas en 2023. La ley de regalías vigente, que el Senado durante Boric cambió sustancialmente respecto a la aprobada en la Cámara durante Piñera, establece -sin fundamento económico o de interés nacional alguno- una carga tributaria máxima potencial equivalente al 46,5% de la renta imponible operacional minera ajustada. El límite baja a 45,5% para los explotadores cuyas ventas sean hasta el equivalente a 80.000 TMCF. Este límite no solo considera la regalía, que se aplica al 1% sobre ventas de cobre y al 8% a 26% según rentabilidad sobre el margen, sino también el impuesto de primera categoría y los impuestos finales: si la suma supera el límite indicado, la regalía se ajusta hacia abajo para no sobrepasarlo. La carga global máxima que puede pagar una gran minera (regalía + impuesto corporativo + impuestos finales de sus dueños) no puede superar el 45,5% o 46,5%, según su tamaño, de su rentabilidad operacional, lo que no tiene ningún sentido cuando aumentan sustancialmente los precios del cobre.
Eliminar el límite descrito se podría acompañar con el aumento de la tasa aplicable al margen de utilidades operacionales en situaciones de precios muy altos del cobre como los actuales (los que probablemente permanecerán en el mediano plazo), con lo que se podría recaudar aún más sin poner en peligro inversión alguna, pues la rentabilidad minera permanecería suficientemente alta.
A su vez, existen márgenes de mejoría permanente de las cuentas fiscales cuyo uso no implicaría desincentivos económicos relevantes. Entre ellos se cuenta separar completamente el impuesto a las utilidades de las empresas y el impuesto a la renta de las personas, y no descontar el primero del segundo como plantea el gobierno en su proyecto de ley tributaria, junto a subir el tramo más alto de este último a su nivel de 1990. También se cuenta aumentar la cobertura y magnitud de impuestos complementarios o específicos al consumo de bienes dañinos para la salud y el ambiente que ya existen (y hoy van desde un 10% adicional al IVA a las bebidas endulzadas hasta un 50% a los fuegos artificiales).
El tabaco también tiene una carga tributaria adicional que no se calcula como “IVA + tasa adicional”, sino que los cigarros puros pagan 52,6% sobre el precio de venta al consumidor incluido impuestos; el tabaco elaborado paga 59,7%; y los cigarrillos pagan un impuesto específico de 0,0010304240 UTM por cigarrillo, más 30% sobre el precio de venta al consumidor incluido impuestos, tasas que podrían aumentarse.
El impuesto específico a las gasolinas y al diésel se aplica, por su parte, en UTM por metro cúbico y no forma parte de la base imponible del IVA, pero el diésel, más contaminante, tiene una carga bastante menor por litro, lo que no tiene justificación general, sin perjuicio de reglas especiales de crédito tributario que existen para ciertos contribuyentes y sectores por razones sociales. Asimismo, tiene sentido establecer una sobretasa en el impuesto a las utilidades de las compañías que se benefician de las alzas desmedidas de los combustibles en detrimento de los consumidores.
Finalmente, también podría aumentarse el impuesto anual también existente de 2% sobre el valor de aviones, helicópteros, yates y vehículos de alto valor, que no es un IVA ni un impuesto a la venta sino un tributo patrimonial anual, que debiera extenderse a los altos patrimonios y las herencias, así como a las ganancias de capital.
Este es el tipo de enfoque de política fiscal alternativa al neoliberalismo extremo del actual gobierno, basado en bajar los impuestos a los más ricos y disminuir los gastos públicos de interés general. Para que este gasto público no disminuya, lesionando el bienestar colectivo, y se fortalezcan las finanzas públicas, se debe ampliar la base tributaria antes que debilitarla.


